La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la obligación de las autoridades del país de investigar y perseguir por oficio el delito de tortura, señalando que ésta, además de ser un delito, es una violación a los derechos humanos.
Cuando la autoridad tenga conocimiento de que una persona ha sufrido tortura, deberá informar «inmediatamente y de oficio», al Ministerio Público para que se inicie una investigación «independiente, imparcial y meticulosa».
Las personas que denuncien actos de tortura, tienen derecho que las autoridades ministeriales intervengan de forma expedita para que su acusación sea investigada y, de ser el caso, iniciar un juicio penal.
Asimismo, se aclaró que el hecho de que no se hayan realizado oportunamente los exámenes pertinentes para determinar la existencia de tortura, no exime a las autoridades de la obligación de realizarlos e iniciar la investigación respectiva.
=Mónica Muñiz=
(Con información de El Universal)
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