El Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) obtuvo un amparo por parte del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo en contra del laudo dictado por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en agosto de 2010, el cual daba por finiquitadas las relaciones laborales y el contrato colectivo con Luz y Fuerza del Centro (LFC).
En dicho laudo, la Junta Especial 5 también estableció que la figura del patrón sustituto, en este caso la Comisión Federal de Electricidad, era improcedente.
Con el amparo otorgado, lo procedente es ordenar a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que deje insubsistente el laudo de agosto de 2010 y, con plenitud de jurisdicción, dicte uno nuevo, en el que tendrá que corregir los defectos formales detectados por el tribunal colegiado.
Para tal efecto la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje tiene la facultad de resolver nuevamente que el patrón sustituto, previsto para casos en que nuevos dueños se hacen cargo de una empresa sin que ésta desaparezca, no es aplicable en este caso.
Los términos precisos del amparo se conocerán cuando los tres magistrados del tribunal colegiado aprueben la versión final de su sentencia, lo que puede tardar más de una semana.
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