Las diputadas del PVEM, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito y Judit Magdalena Guerrero López, propusieron reformas para que todas las unidades motrices y de arrastre que ingresen al servicio de autotransporte federal de carga y transporte privado tengan una antigüedad no mayor a cinco años, a partir de su año-modelo de fabricación.
La iniciativa plantea cambios a los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a efecto de que ese tipo de vehículos sólo podrán transitar un máximo de veinte años a partir de su año modelo de fabricación, siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas que establezcan las normas respectivas.
Precisa que las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) establecerán los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir, así como las bases para su autorregulación.
El documento indica que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes promovería con otras dependencias del Ejecutivo federal y estatales, el reconocimiento de la autorregulación para el cumplimiento de las NOM.
Agrega que el permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal, siempre que la configuración vehicular que corresponda ya sea unitaria, articulada o doblemente articulada no exceda el peso bruto vehicular máximo y dimensiones permitidas y, a su vez, cumpla con los elementos básicos de seguridad vial.
Expone que no obstante la importancia económica y social del autotransporte de carga, el parque vehicular de este medio de transporte padece una obsolescencia de más de 17. 5 años, lo que representa una desventaja competitiva respecto de nuestros principales socios comerciales, que oscila entre 5 y 6 años de antigüedad.
Fundamenta que la falta de una disposición clara a nivel de ley que establezca el año modelo que como límite debe observarse, ha contribuido a que unidades cuya vida útil está superada, sigan circulando en carreteras con el consecuente riesgo que ésto representa para la seguridad vial, el cuidado al medio ambiente y el deterioro acelerado de la flota vehicular nacional.
Señala que en materia de cuidado al medio ambiente es urgente implementar políticas públicas de largo alcance, pues el autotransporte es responsable del 22 por ciento de las emisiones de bióxido de carbono (CO2) que equivale a 36 mil 457 toneladas anuales donde el autotransporte de carga participa con el 77 por ciento, es decir, genera 28 mil 39 toneladas de emisiones, según cifras calculadas al 2010.
Respecto del consumo de energía de 2 mil 247.7 petajoules que se consumieron en 2010, el autotransporte de carga participó con el 92 por ciento, por lo que es el subsector que mayor cantidad de energía utiliza.
Asimismo en 2010, la cantidad de vehículos con 21 o más años de antigüedad creció en un 22 por ciento a lo observado en 2005, lo que refleja una tendencia a la alza en el envejecimiento de la flota vehicular tan sólo en este segmento donde se encuentran más de 147 mil 500 unidades motrices.
A su vez, el porcentaje de camiones con más de 25 años de antigüedad representa el 30 por ciento del total de la flota vehicular que también a 2010 fue de 408 mil 567 unidades motrices, por lo que es prioritario establecer el umbral de antigüedad de la flota vehicular tanto en su ingreso como en su operación.
Advierte que de no contar con un límite de ingreso y años de operación, contribuye también a que los programas de chatarrizacion sean insuficientes y torna más atractivo la importación o contrabando de unidades de procedencia extranjera, así como el mercado “negro” de partes y refacciones.
La reforma que proponen las diputadas tiene la virtud de introducir las bases para que vía NOM, se establezcan los elementos mínimos de seguridad vial para el transporte de carga, construir indicadores de causas de siniestralidad a nivel internacional por cada tipo de configuración.
Así también, dotar de información clave para encauzar políticas públicas y brindar las bases para exceder dichos estándares bajo Normas Mexicanas u otros instrumentos de calidad.
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