Publican decreto que adiciona y reforma Código Penal del DF; sanciona maltrato animal

Foto: GDF

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) publicó hoy en la Gaceta Oficial el decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones del Código Penal para la ciudad de México.

Por lo que a partir de mañana se sancionará de dos a cuatro años de prisión y de 200 a 400 días de multa, a quien de manera intencional cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal no humana provocándole la muerte.

El decreto señala que se adiciona un segundo párrafo al artículo 54; se reforma el título vigésimo quinto para denominarse «Delitos contra el Ambiente, la Gestión Ambiental y la Protección a la Fauna».

Además se adiciona un Capítulo IV denominado «Delitos cometidos por actos de maltrato o crueldad en contra de animales no humanos»; y se adicionan los artículos 350 Bis y 350 Ter, del Código Penal para el Distrito Federal.

El documento establece a quien realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal, causándole lesiones evidentes, sin que pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de 50 a 100 días multa.

En caso de que las lesiones pongan en peligro la vida del animal no humano las sanciones se incrementarán en una mitad las penas señaladas.

Asimismo, a quien cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal provocándole la muerte, se le impondrán de dos a cuatro años de prisión y de 200 a 400 días multa, y se le decomisaran todos los animales que tenga bajo su cuidado o resguardo.

El documento aclara que en caso de que se haga uso de métodos (todos aquellos que lleven a una muerte no inmediata y prolonguen la agonía del animal), que provoquen un grave sufrimiento al animal previo a su muerte, las penas se aumentarán en una mitad.

Menciona que la autoridad determinará el destino de los objetos o productos del delito asegurados o decomisados, al pago de la reparación de los daños y perjuicios causados, según su utilidad, a los Fondos de Apoyo a la Procuración y Administración de Justicia, según corresponda.

En relación al aseguramiento de animales vivos, el acuerdo señala que se canalizarán a lugares adecuados para su debido cuidado donde las asociaciones u organizaciones protectoras o dedicadas al cuidado de animales podrán solicitar al Ministerio Público o Juez su resguardo temporal o definitivo.

El documento que entrará en vigor este jueves precisa que por actos de maltrato o crueldad y lo relativo a este capítulo, se estará a lo dispuesto en la Ley de Protección a los Animales de la ciudad de México.