Por Jesús Alberto Navarro Olvera
Para hablar del Poder Legislativo Nacional, por método debemos en primera instancia estudiar su integración. Es decir, el número de tribunos que lo componen, ya que es la manifestación viva de la soberanía nacional, y de su tamaño se observa la pulverización o la concentración de la representación popular, con relación directamente proporcional al número de representados, respecto de la cantidad de legisladores.
Es decir, un número reducido de legisladores en el Congreso General, tiene como consecuencia inmediata una mayor concentración de la representación social de los funcionarios del pueblo. Por otro lado, un mayor número de legisladores, tiene el efecto contrarío, esto es, la pulverización o fragmentación de la representación soberana del pueblo mexicano que cada uno de los representantes legislativos detenta.
El tamaño del Congresos de la Unión, ha obedecido a las necesidades de representación social del Estado mexicano, de la mano de la coyuntura política, y de la explosión demográfica.
En el pasado, la Constitución Política de la Monarquía Española (de Cádiz), del 19 de marzo de 1812, consagra la fórmula de la Base Poblacional para calcular el número de diputados a las Cortes. Es decir, la cantidad de diputados al Congreso General, se calculó tomando como base el número de habitantes en las diversas demarcaciones que integraban la agonizante Nueva España.
El decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, del 22 de octubre de 1814, mantiene la Base Poblacional como el mecanismo para calcular el número de representantes populares. Tal es el caso de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, que entró en vigor el 4 de octubre de 1824.
La Constitución del 5 de febrero de 1917 vigente hasta nuestros días, heredó de los antiguos cuerpos jurídicos fundamentales la Base Poblacional para determinar el número de representantes que integrarían la Cámara de los Diputados del Congreso de la Unión, por lo que se determinó en el texto original que se elegiría un diputado por cada sesenta mil habitantes y por cada fracción que exceda de veinte mil. En este sentido, en cada estado o territorio que su población fuera menor, de todas maneras tendrían el derecho de incorporar a un representante popular. Con estos lineamientos, la Vigésimo Séptima Legislatura de la Cámara de Diputados, (1917 – 1918), se integró con 247 Legisladores.
A partir de la entrada en vigor de la actual Constitución, se han realizado 8 reformas al artículo 52 constitucional, de las cuales 7 tuvieron la intensión de modificar el tamaño de la Cámara de Diputados, la primera de ellas se llevó a cabo durante el mandato del presidente Don Plutarco Elías Calles, el 20 de agosto de 1928, por lo que la Trigésimo Tercera Legislatura de la Cámara de Diputados (1928-1930) se integró con 281 legisladores. Con esta reforma se elevó la Base Poblacional de 60 mil a 100 mil habitantes, y la fracción pasó de 20 mil a 50 mil.
El incremento constante en el número de legisladores de la Cámara de Diputados, probablemente fue el componente que llevó al régimen del Presidente Manuel Ávila Camacho a elevar nuevamente la Base Poblacional para reducir el tamaño de la Cámara Baja, por lo que el 30 de diciembre de 1942, se determinó que dicha Base Poblacional sería de 150 mil habitantes y la fracción de 75 mil. Con esta disposición, la Trigésimo Novena Legislatura de la Cámara baja, (1943- 1946) se integró únicamente con 147 legisladores.
Sin embargo, la explosión demográfica, provocó modificaciones a la Base Poblacional en prácticamente todos los regímenes posteriores. El presidente Miguel Alemán Valdés la elevó, por medio de la reforma del 11 de junio de 1951, a 170, 000 habitantes y la fracción a 80 mil, por lo que la Cámara Baja en la Cuadragésima Segunda Legislatura, (1952- 1955) se integró con 162 legisladores.
No obstante, con todo y la reforma Constitucional de fecha 20 de diciembre de 1960, que elevó la Base Poblacional a 200 mil y la fracción a 125 mil habitantes, la Cuadragésima Quinta Legislatura, (1961- 1964) se conformó con 182 legisladores.
En los albores de la etapa moderna, el régimen del presidente Luis Echeverría Álvarez, también modificó la Base Poblacional, elevándola a 250 mil habitantes y la fracción a 125 mil, por medio del decreto de reformas de fecha 14 de febrero de 1972, por lo que la Cuadragésima Novena Legislatura, (1973- 1976) se conformó con 231 diputados.
Es con la reforma Constitucional de fecha 6 de diciembre de 1977, que se deroga el sistema ancestral sustentado en la Base Poblacional, surgiendo el actual sistema.
Con el nuevo marco estructural, para determinar el número de diputados de la Cámara baja, se dividió al país en 300 Distritos Uninominales, en donde se eligen igual número de Diputados por medio del sistema de Mayoría Relativa. De la misma forma, la enmienda de marras incorporó el principio de Representación Proporcional, determinando que 100 legisladores serían elegidos por dicho principio, por lo que el tamaño de la Cámara baja fue de 400 Legisladores, como quedó conformada la Quincuagésima Primera Legislatura. (1976- 1979).
Durante el mandato del presidente Miguel de la Madrid Hurtado, se modificó el tamaño de la Cámara de Diputados al aumentar el número de legisladores por el principio de Representación Proporcional a 200, por lo que la Quincuagésimo Cuarta Legislatura de la Cámara de Diputados se integró con 500 Legisladores. A partir de dicha reforma, es el número de curules que conforman la Cámara baja.
En lo que respecta a la Cámara de Senadores, el artículo 56 de la Constitución General de la República del 5 de febrero de 1917, establecía que dicho cuerpo legislativo se integraba por 2 miembros por cada estado de la República y dos por el Distrito Federal nombrados en elección directa, por lo tanto eran 58 Senadores. En 1952 el número de senadores aumentó a 60, al ser agregado como Estado de la federación el territorio de Baja California Norte.
A partir de 1974, el número de senadores se incrementa a 64, al ser suprimida la figura jurídica de Territorio, agregando a la federación a los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo.
El presente, lo podemos reseñar durante el régimen del presidente Carlos Salinas de Gortari, cuando se realizó la última modificación al tamaño del Congreso de la Unión. El 3 de septiembre de 1993, se publica el decreto de reformas al artículo 56 de la Constitución Federal de la República, y se suman 32 legisladores más a la Cámara alta, elegidos por votación directa, por lo que desde esa fecha se cuenta con 128 senadores.
Con la Reforma Constitucional de fecha 21 de agosto de 1996, cambia el sistema de elección de Senadores, al incorporarse el principio de Representación Proporcional, con lo que el número de senadores electos por votación directa en cada entidad federativa, se reduce a dos, dejando un tercero a la primera minoría. Los otros 32 legisladores son electos por el sistema de Representación Proporcional por medio de listas nacionales. En la actualidad la Sexagésima Segunda Legislatura se encuentra integrada por legisladores de los partidos PRI; PAN; PRD; PVEM; PT, y sin grupo Parlamentario PANAL, y Movimiento Ciudadano.
El número de representantes populares en el Congreso de la Unión es de 628 Legisladores, lo que indica el florecimiento de la pluralidad política, ya que el voto ciudadano se refleja de manera plural.
El futuro todavía se ve un poco lejano. La conformación actual, (es decir el número de legisladores que integran el Congreso de la Unión), está resultando fructífera, la pluralidad prospera en las discusiones durante las comisiones y las sesiones en el pleno de ambas Cámaras, por lo que se oyen prácticamente todas las voces, muchas aportan, otras solamente son disonantes, pero sus ecos en los salones de debates revitalizan a la República.
Por otro lado, no debemos perder de vista que desde 1997, fecha en la cual el Partido Revolucionario Institucional, perdió la mayoría calificada en la integración del Poder Legislativo, la parálisis legislativa fue un cáncer que carcomió a la nación, en donde la pluralidad fue entendida como la negación sinfín al cambio, una especie de reacción al futuro.
Sin embargo, el mecanismo de negociación política denominado “Pacto por México”, sin ser una panacea, nos ha mostrado que la pluralidad puede ser el camino para dejar atrás el inmovilismo, y la política de Estado se ha vuelto a sentir, quizá por ello en esta coyuntura no es un tema trascendental un cambio en el número de legisladores.
No obstante, la concentración de la representación popular puede ser un antídoto para facilitar el acuerdo Parlamentario, y obligar a los partidos políticos a ofrecer a sus mejores cuadros.
Comentarios recientes