Resalta Benítez Treviño trascendencia de reformas a la Ley del Consumidor en materia de casas de empeño

Foto: Profeco.

El Procurador Federal del Consumidor, Humberto Benítez Treviño, resaltó la trascendencia de la entrada en vigor de las reformas a la Ley Federal de P rotección al Consumidor en materia de casas de empeño, ya que transparentan la operación de estos negocios y fortalecen las acciones para defender los derechos de los pignorantes.

Comentó que “es una acción histórica que consolida a la Profeco como un instrumento determinante para la protección de los derechos de los consumidores, fundamentalmente para defender a los que menos tienen y que por necesidad empeñan sus bienes”.

Benítez Treviño garantizó el cumplimiento puntual de cada uno de las reformas y adiciones a los artículos 65 Bis y 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor y que ordena a la Profeco el establecimiento de un registro público de las casas de empeño, el cual no existía, y de los formatos de contratos de adhesión.

Aclaró que la ley señala por obligación, que para operar estos negocios deberán contar con el registro de inscripción que sólo podrá otorgarles la Procuraduría y explicó que para que estos negocios obtengan el registro deberán acreditar el nombre, denominación o razón social; contar con Registro Federal de Contribuyentes y brindar los domicilios de su establecimiento matriz y sucursales, entre otros datos.

Mencionó que ahora estas casas de empeño podrán hacerse acreedoras a la cancelación definitiva del registro en caso de no acreditar que sus socios, accionistas o administradores en ningún momento han sido objeto de condena por delitos financieros, contra la salud o por tener nexos con el crimen organizado.

Con las reformas, dijo, estos proveedores tendrán la obligación de informar mensualmente a la procuraduría estatal que les corresponda cuando una persona pignore un objeto de las mismas características en una sola casa de empeño o cualquier otro comportamiento atípico que pudiera levantar sospecha.

Las modificaciones a la Ley también exigen transparentar las operaciones deestos negocios al tener que colocar en su publicidad y establecimientos, de manera permanente y visible, lo referente a las tasas de interés.

“De esta forma, se da seguridad al pignorante y certeza de que no va a ser objeto de usura disfrazada pues está garantizado que el bien pignorado será devuelto en idénticas condiciones”, comentó el Procurador Benítez Treviño.

A partir de la entrada en vigor de las recientes reformas, el 17 de enero pasado, la Procuraduría dispone de hasta 180 días para implementarla, empezando por el ejercicio obligatorio de registro de las casas de empeño.