«Puedes acusar a un trabajador de todo, menos de tonto»: Sebastián Ramírez García, de Laboral 360

Foto: Diario Jurídico México.

En todas las empresas hay trabajadores conflictivos: que llegan tarde, que llegan ebrios, que hacen uso indebido del equipo de trabajo, o que incluso roban equipo o dinero.

Cuando los patrones deciden despedirlos, si lo hacen de manera visceral, sin estar preparados, pueden enfrentar una demanda laboral que se convierta en un infierno de acudir meses a la Junta local o Federal del Trabajo, y a veces pagarle a un trabajador que pudo ser despedido legalmente sin derecho a remuneración.

El abogado Sebastián Leopoldo Ramírez García, del despacho Laboral 360, ofreció durante la Semana Pyme, que se celebra en el Centro Banamex, una plática a pequeños y medianos empresarios para evitar estos conflictos.

«Aunque sean pymes se mide igual, la condena es igual a las pymes que a grandes empresas«, apuntó.

Su consejo es que lo ideal es integrar un expediente jurídico de cada empleado que incluya información laboral y documentos personales. Debe incluir lo siguiente:

  • Contrato individual de trabajo, con firma y huella
  • Carta de resguardo, sobre material de trabajo que usa el trabajo, como laptop, automóvil.
  • Convenio de confidencialidad, para que no se lleve secretos industriales, sobre todo si se trata de una pyme o franquicia.
  • Recibo de pago de transferencias electrónicas.
  • Controles de asistencia
  • Constancia sobre condiciones laborales. documento que jurídicamente tiene eficacia, y debe decirse cómo trabajanaban, categoría y que firmen. Mensual, cuatrimestral o anual puede ser. 

También sugiere que desde la contratación queden establecidas las reglas, aunque eso signifique dos horas de tiempo.

El trabajador debe firmar y leer:

  • El contrato individual del trabajo
  • El reglamento interior del trabajo
  • El Código de ética que son los valores de la institución
  • Los convenios de confidencialidad
  • Cartas de resguardo,

«En dos horas evitas conflictos, pones reglas y son legales».

Recomienda que cuando un trabajador incumple o afecta con su conducta a le empresa, ya sea porque falta, llega ebrio o roba, antes de tomar una decisión precipitada de correrlo, es necesario hacer una investigación de la falta, y establecer la sanción y contemplar la separación.

Si la investigación arroja que sí amerita ser despedido, aconseja que se le haga firmar una carta de reconocimiento de conducta. Ya sea de que falto, de que llegó ebrio, de que robó, y de que no lo volverá a hacer.

Cuando la firma, también con eso acepta la falta y si esta es motivo de rescición, entonces el patrón ya puede hacerlo.

Esto es aconsejable, la investigación y la carta, porque uno puede acusar al trabajador, pero sin investigación previa él no lo acpetará, y si no firma, podría no aceptar los hechos.

«A un trabajador puedes acusarlo de todo, menos de tonto», afirma.

Ya que aceptaron su falta pueden ser despedidos, y para ello cumplir con la ley, darle su carta de recomendación para que se vaya por la puerta de adelante, aunque si cometió delito no se le da, y que firme que fue por separación voluntaria.

En ocasiones los trabajadores se adelantan y se van y luego demandan al patrón. En estos casos, la mejor vacuna es tener todos los documentos y firmas que se ennumeraron al inicio.

El abogado ofreció su correo para más información.

slramirez@laboral360.com

Sus teléfonos son: 56981200/1210