La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó en la contradicción de tesis que el término “abandonar” significa “dejar una ocupación después de haberla empezado” por lo que “abandono de empleo” debe entenderse que el trabajador, una vez iniciada la prestación del servicio, se ausenta de él con la intención de no volver […]
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